

Pensión a favor de familiares
La pensión a favor de familiares en una prestación económica consistente en una pensión que se concede a aquellos familiares que hayan convivido y dependido económicamente de la persona fallecida y reúnan los requisitos siguientes: Haber convivido con el causante y a sus expensas con 2 años de antelación al fallecimiento de aquél o desde la muerte del familiar con el que convivieran, si hubiera ocurrido dentro de dicho periodo. No tener derecho a pensión pública Carecer de me